Los docentes activos, jubilados y pensionados del Ministerio del Poder Popular para la Educación, recibieron este 1° de febrero el ajuste salarial correspondiente a la cláusula 62 de la Convención Única y Unitaria del sector, como parte de las políticas que implementa el Gobierno Bolivariano para garantizar el derecho constitucional de todas y todos a un salario digno.
Se debe recordar que debido al incremento salarial de 50 por ciento decretado por el Presidente Obrero Nicolás Maduro en enero de 2017, fueron superados los aumentos previstos hasta el año 2018 en el tabulador de salario base docente, establecido en la Cláusula 62 de la Primera Convención Colectiva Única y Unitaria de las Trabajadoras y los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para la Educación.
Es por ello que de la redacción de la cláusula mencionada, se puede inferir el acuerdo de tres ajustes salariales durante el año 2017, que favorecen a los educadores y educadoras activos, jubilados y pensionados del MPPE.
Por ejemplo, un trabajador con categoría de Docente I que tiene una carga horaria de 36 horas semanales, 3 años de servicio y grado académico Profesional sin Postgrado, recibirá 57.687,78 bolívares a partir del 1° de febrero de 2017 como salario normal, que sumado al cestaticket socialista le proveerá un ingreso integral de Bs. 121.407,78 mensuales. En caso de recibir prima geográfica, su ingreso se incrementará a 131.383,74 bolívares mensuales.
Asimismo, se estableció que para el cargo de Docente III, con una carga horaria de 36 horas a la semana, con un tiempo de servicio de 11 años y grado académico de Especialización, recibirá a partir del 01 de febrero de 2017 como salario normal un monto de Bs. 76.143,81 que sumado al cestaticket socialista le proveerá un ingreso integral de Bs. 139.863,81 al mes. Si además, el trabajador recibe la prima geográfica, su ingreso integral se incrementará a Bs. 150.560,67.
Vale decir que los ajustes del salario base fueron distribuidos de esta manera: 25% sobre el tabulador vigente al 31 de enero, efectivo a partir del 1° de febrero de 2017; 15% sobre el tabulador vigente al 31 de mayo, a partir del 1° de junio de 2017; y un 15% en promedio distribuido de forma variable entre las diferentes categorías del tabulador, a partir del 1° de octubre de 2017.
De ese modo, el Presidente Nicolás Maduro reafirma la vigencia de la Primera Convención Colectiva Única y Unitaria de las Trabajadoras y los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para la Educación, aprobada por el Gobierno Bolivariano en marzo de 2016 con la participación de 16 organizaciones sindicales.
T/Mppe