La condición económica no sería una limitante para adoptar a un niño, niña o adolescente en Venezuela, afirmó la psicóloga adscrita a la Unidad Técnica Especializada de Atención Integral a Mujeres, Niñas, Niños y Adolescentes del Ministerio Público, Diana Miller, en el programa En Sintonía con el Ministerio Público, transmitido por RNV Informativa.
Agregó que como parte del proceso de adopción, las instituciones analizan el balance de ingresos y egresos de los solicitantes para comprobar si pueden ofrecerle un hogar estable al niño, niña o adolescente.
Reveló que, incluso, los aspirantes a adoptar no necesariamente tienen que residir en una vivienda propia; la misma podría ser alquilada. “De lo que se trata es que el niño, desde el punto de vista social y económico, pueda tener todas sus necesidades cubiertas. No se pide que la persona gane varios sueldos mínimos o estar por encima de este”, precisó.
Institución de protección
Por su parte, la subdirectora de Protección Integral de la Familia, Graciela Aguilar, afirmó que la adopción es una institución de protección que tiene por objeto proveer a un niño, niña o adolescente, apto para ser adoptado, de una familia sustituta, permanente y adecuada.
Informó que en la fase del proceso intervienen, además del Ministerio Público, otras instituciones, entre ellas el Instituto Autónomo del Consejo Nacional de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes; los tribunales de protección; la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia; la Defensa Pública y el Consejo Nacional Electoral.
Agregó que también interviene un equipo interdisciplinario, integrado por psicólogos, trabajadores sociales, médicos y abogados, quienes, mediante una evaluación biosicosocial, determinan que el niño es adoptable y la familia es la idónea.
Aguilar señaló que existen dos tipos de adopción: en pareja e individual y acotó que la edad promedio para aspirar a adoptar un niño es a partir de los 25 años de edad.
Tras una llamada telefónica en la que un usuario preguntaba cómo quedaba la identidad del adoptado, la subdirectora aclaró que este, legalmente, adquiere los apellidos de la familia.
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