Conoce el por qué de las medidas cautelares que suspendieron recolección del 20%

firmasLas medidas precautelativas dictadas -ayer jueves 20 de octubre- por los tribunales penales de primera instancia en funciones de control de Valencia; el tercero de control de San Fernando de Apure; el de primera instancia en función de tercero de control de Aragua y el de primera instancia en funciones de control de Bolívar, protegen las querellas presentadas por un grupo de venezolanos por los delitos de suplantación de firmas, además de resguardar el derecho a la participación política de los ciudadanos en esas circunscripciones.
El abogado constitucionalista, Enrique Tineo, entrevistado en el programa Vía Alterna, que transmite RNV Informativa, RNV Activa y Salsa Caribe, aseguró que la participación política no puede sustentarse en un delito.
Aclaró que las medidas cautelares, acatadas por el Consejo Nacional Electoral, no anulan el proceso de recolección del 20% de manifestación de voluntad, sino que lo suspende, ya que el objetivo de esta acción es asegurar los resultados del juicio “ cuando existe el riesgo o manifiesto de que quede ilusoria la ejecución del fallo”.
“Si a Pedro Pérez le suplantaron la identidad, ¿qué pasaría si se lleva a cabo la recolección de firmas precisamente con una de las rubricas suplantadas o falsificadas? estaríamos entronizando el delito y allí entra otro problema que tiene que ver propiamente con el aspecto electoral ¿Se puede llevar a cabo un proceso revocatorio fundando en el fraude? no, porque somos un Estado de derecho.”
Sobre la pertinencia o no de un tribunal penal en el tema electoral, Tineo explicó que la Sala Electoral del TSJ está abocada exclusivamente al tema electoral, pero en el caso de delitos de suplantación de identidad ocurridos en diferentes entidades del país, le corresponde, por competencia territorial y penal, a los tribunales de la circunscripción donde se introdujo la denuncia.
“Un tribunal penal en su circunscripción o estado sí puede suspender los efectos de ese delito, porque está protegiendo la identidad de la persona que ha sido víctima de la suplantación de identidad y está protegiendo además el derecho político a la participación en esa circunscripción judicial, lo está haciendo desde la competencia penal. Todo lo que es materia penal, salvo algunas excepciones, es materia de orden público.”
El abogado constitucionalista añadió que las acciones asegurativas dictadas por los tribunales penales de Aragua, Apure, Bolívar y Carabobo no inciden en los tiempos establecidos para la realización del revocatorio, por lo que aclaró que esta consulta popular no podía realizarse este año tal y como lo había explicado en su momento el Poder Electoral.
 
 
Escuche la entrevista realizada al abogado Enrique Tineo