Decreto de Estado de Excepción protege al pueblo y garantiza la paz

Foto: AVN
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El presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Nicolás Maduro, explicó que el Decreto de Estado Excepción y Emergencia Económica le otorga al Ejecutivo Nacional el poder constitucional necesario para proteger al pueblo y mantener la paz frente a las agresiones imperialistas que pretenden cercar la democracia en el país.

“Los Decretos de Estado de Excepción en la IV República eran para oprimir, reprimir y dañar al país (…) las garantías y libertades económicas en Venezuela estuvieron suspendidas desde 1961 hasta 1999 cuando entro en vigencia la Constitución Bolivariana”, recordó.

En cadena nacional desde el estado Anzoátegui, el Jefe de Estado señaló que con este texto legal, la Revolución Bolivariana está ” haciendo historia buena, porque nos correspondió enfrentar estas circunstancias difíciles”.

En consecuencia, instó al poder popular a seguir incrementando la consciencia revolucionaria para hacerle frente a la guerra psicológica que promueve la derecha venezolana, que hace que la gente “se olvide de todo, porque la llevan a estados de angustias, de rabia, de molestia y de desesperación”, expresó.

A continuación el Presidente enumeró algunos de los alcances del decreto:

El Artículo 1 del Decreto de Estado de Excepción y Emergencia Económica -leyó Maduro- “se declara el Estado de Excepción y Emergencia Económica, de conformidad con los artículos 337, 338 y 339 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en todo el territorio nacional, dadas las circunstancias extraordinarias de orden social, económico, político, natural y ecológicas que afectan gravemente la Economía Nacional, el Orden Constitucional, la paz Social, la seguridad de la Nación, las Instituciones Públicas y las ciudadanas y ciudadanos habitantes de la República, a fin de que el Ejecutivo Nacional adopte las medidas oportunas excepcionales y extraordinarias, para asegurar a la población el disfrute pleno de sus derechos, preservar el orden interno, el acceso oportuno a bienes y servicios fundamentales e igualmente disminuir los efectos de las circunstancias de orden natural que han afectado la generación eléctrica, el acceso a los alimentos y otros productos esenciales para la vida”.

Posteriormente, refirió que en el Artículo N° 2 se especifica una amplia cantidad de medidas para que el Ejecutivo Nacional dicte lo que considere conveniente en lo que tiene que ver, entre otros asuntos, con:

-Producción, distribución y comercialización de insumos y bienes de primera necesidad destacando de esto el combate de conductas económicas distorsivas como el ‘bachaqueo’, el acaparamiento la usura y el boicot.

-Nueva atribución a los Comités Locales de Abastecimiento y Producción (CLAP), los Consejos Comunales y demás organizaciones de base del Poder Popular para que junto a los efectivos de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, la Policía Nacional Bolivariana y otros cuerpos policiales velen por el mantenimiento del orden público, garantizando con ello la seguridad y soberanía del país.

-Ajuste del horario de la jornada laboral, tanto en el sector público como en el privado, como consecuencia de los efectos de los fenómenos climáticos.

-Área energética, urgiendo las medidas necesarias para la recuperación del parque de generación del Sistema Eléctrico Nacional.

– La seguridad interna de la nación, a través del sostenimiento del orden público ante acciones desestabilizadoras.

Más información en las declaraciones del presidente Maduro