La Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socioeconómicos (Sundde) inició un procedimiento administrativo sancionatorio y dictó medida preventiva en contra del comercio Hiperlíder, ubicado en el municipio San Diego del estado Carabobo, por acaparamiento y condicionamiento de rubros de la cesta básica.
A través de la Dirección Nacional de Servicios y Medidas Preventivas de la Sundde fue aplicado el procedimiento luego que recibieran denuncias del pueblo y se detectara el acaparamiento de siete mil kilogramos de azúcar almacenados en el comercio desde 2018.
Las autoridades hallaron también condicionamiento en venta de rubros priorizados como pasta, harina de maíz, harina de trigo, aceite y tomate pelado, los cuales eran vendido a través de combos.
Por consiguiente, se aplicó como medida preventiva la venta inmediata del azúcar acaparada, quedando esta al precio troquelado en el empaque de 32 bolívares, la cual deberá ser exhibida y expendida.
Del mismo modo, se ordenó el no condicionamiento de los rubros. Es de resaltar que, los delitos cometidos por este comercio están tipificados en la Ley Orgánica de Precios Justos (LOPJ) en sus artículos 52 y 56.
El comercio Hiperlíder es reincidente, ya que en el mes de septiembre de 2018, se le aplicó una sanción de 70 mil Unidades Tributarias (UT), por incurrir en los delitos de especulación, reventa, comercialización de productos de la cesta básica con condicionamiento e incumplimiento de las formalidades previstas en la Ley Orgánica de Precios Justos.
La Sundde sostiene que «dando cumplimiento al deber de orientación impuesto a la Administración Pública hace el conocimiento al sujeto de aplicación antes identificado, que la medida preventiva aquí adoptada será transmitida y sustanciada de conformidad con el artículo 71 y 72 de la (LOPJ)».
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