TSJ exhorta al Ministerio Público a tomar acciones contra directiva de la AN en desacato

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) exhortó este miércoles al Ministerio Público (MP) a establecer responsabilidades legales a los integrantes de la directiva de la Asamblea Nacional ante su insistencia en violar lo establecido en la Carta Magna venezolana.
Durante un pronunciamiento frente a los medios de comunicación este miércoles, el magistrado y presidente de la Sala Constitucional , Juan José Mendoza, refirió que el Parlamento Nacional violenta el artículo 236, numeral 4 y 15 de la Constitución en sus intentos de usurpar las competencias del presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Nicolás Maduro.
“Se exhorta al Ministerio Público, ante las conductas constitutivas de tipo delictivo contemplados en la Constitución y la ley, para que proceda a determinar las irresponsabilidades de los integrantes de la Asamblea Nacional”, sentenció.
La autoridad judicial reiteró, en ese sentido, la inconstitucionalidad de las actuaciones del Poder Legislativo.

PRIMER FALLO

Este lunes 21 de enero,  la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) en ponencia de su presidente, magistrado Juan José Mendoza Jover, declaró en sentencia N° 0003-2019 que en decisión N° 02 del 11 de enero 2017 declaró la inconstitucionalidad por omisión del Poder Legislativo Nacional al no haber dictado las medidas indispensables para garantizar el cumplimiento de la Constitución, referidas al acatamiento de las decisiones dictadas por este Máximo Tribunal de la República, y en consecuencia se anuló el acto parlamentario celebrado el 05 de enero de 2017, así como el acto celebrado el 09 de enero de 2017, por la Asamblea Nacional con ocasión del nombramiento de la nueva Junta Directiva de la Asamblea Nacional y todos los actos parlamentarios subsecuentes que se generaren por contrariar las órdenes de acatamiento a las decisiones de este Máximo Tribunal de la República Bolivariana de Venezuela.

Igualmente, se ordenó a los diputados que conformaron la Junta Directiva del lapso vencido asumir sus funciones directivas y secretariales de la Asamblea Nacional para que de forma única y exclusiva dieran cumplimiento a las decisiones de este Máximo Tribunal, en los términos expuestos en ese fallo.
De igual manera, decidió que cualquier actuación de la Asamblea Nacional y de cualquier órgano o individuo en contra de dicha sentencia será nula y carente de toda validez y eficacia jurídica, sin menoscabo de la responsabilidad a que hubiere lugar.

T/Con información del Correo del Orinoco
Escuche al magistrado Juan José Mendoza