Contralor aseguró que no es necesaria una consulta para Asamblea Constituyente

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El Contralor General de la República, Manuel Galindo, aclaró este viernes que de acuerdo a lo previsto en el artículo 248 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, no es necesaria una consulta previa al pueblo venezolano para realizar una solicitud de Asamblea Nacional Constituyente tal como lo solicitó el Jefe de Estado, Nicolás Maduro.

“El procedimiento establecido para el llamado a una Asamblea Nacional Constituyente está establecido en los artículos 347,348 y 349 de la Constitución, se establece claramente que la iniciativa la tiene el pueblo de Venezuela en 15 por ciento debidamente registrados en el Consejo Nacional Electoral”, expresó.

Detalló que en el proceso constituyente del año 1999 fue necesaria la consulta por no existir en la Constitución anterior un procedimiento claro y expedito que estableciera quienes tienen la legitimidad a esa convocatoria.

Galindo puntualizó que un equipo de la Contraloría a nivel nacional explicará la constitucionalidad de la iniciativa.

 

Escuche las declaraciones del Contralor de la República, Manuel Galindo

T/RNV WEB/SD