
De igual manera, el comunicado refiere que el banco «no podrá limitar a los pensionados el monto a retirar, toda vez que estos puedan disponer de la totalidad de los fondos o realizar retiros parciales; todo ello de acuerdo a su voluntad”.
Asimismo, establece que las instituciones financieras deben disponer de un horario de atención especial dentro de los primeros cinco días de pago de pensión.
Lea aquí el comunicado de la Sudeban
T/WEB RNV