Bancos tendrán 60 días para aprobar créditos de viviendas del 0-800 MI HOGAR

Foto: archivo
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En Gaceta Oficial número 40.865 de este miércoles, el Ministerio para Hábitat y Vivienda publicó los nuevos lineamientos que regirán para la aplicación del programa social 0-800 MI HOGAR, destinado a los créditos para adquisición de vivienda principal, construidas con recursos públicos o privados, como parte de la Gran Misión Vivienda Venezuela (GMVV).

En el documento se dispone que el 0-800 MI HOGAR estará dirigido a familias cuyos ingresos mensuales están comprendidos entre tres y 20 salarios mínimos, que equivalen a un monto de entre 34.733 bolívares y 231.556 bolívares.
Para optar a un crédito, las familias deben estar inscritas en el registro 0-800 MI HOGAR, que se puede realizar en la página web del Ministerio para Hábitat y Vivienda.
Las personas y familias con ingresos inferiores a tres salarios mínimos, podrán acceder al plan, siempre que puedan aportar con recursos propios el diferencial entre el valor de la vivienda y su capacidad de endeudamiento.
Asimismo, se fija a la Inmobiliaria Nacional S. A como la institución encargada de la gestión de venta y promoción de las viviendas que se construyan a través del referido programa social, mismas que podrán ser adquiridas con financiamiento bancario o de contado, previo convenio con las constructoras.
La Inmobiliaria Nacional tendrá el deber de iniciar el proceso de pre-asignación de casas una vez que la obra registre un avance igual o superior a 90%.
Igualmente, pre seleccionará a los eventuales compradores, remitirá a la constructora y al banco financista de la obra el listado de los ciudadanos pre asignados, quienes tendrán un lapso máximo no prorrogable de 30 días continuos para presentar los requisitos crediticios exigidos por el banco ante el constructor o promotor del proyecto habitacional.
De no cumplir con lo establecido en el lapso de los 30 días, la expectativa de derecho que representa la pre asignación efectuada quedará extinta, sin menoscabo de ser objeto de una futura y nueva pre asignación.
El constructor o promotor deberá presentar a su vez ante la institución bancaria el expediente de la solicitud de crédito de los preseleccionados en un periodo de 10 días hábiles, contados a partir de su recepción para que sea analizado, aprobado o rechazado.
Recibida la solicitud de crédito, el banco tendrá un lapso máximo de 30 días continuos para realizar la pre calificación financiera de quien aspira al financiamiento y de otros 60 días continuos para la aprobación definitiva del crédito y su protocolización.
La pre clasificación financiera sólo podrá revocarse en caso de que el optante posea vivienda, aporte datos no fidedignos en su expediente o por cualquier otra causa debidamente justificada.

T/AVN