La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró este viernes la constitucionalidad del Decreto N° 4.396 en el que se declara el Estado de Excepción y de Emergencia Económica en todo el territorio nacional.
En la sentencia – citada en nota de prensa – la Sala Constitucional aseveró que se da la conclusión del período legislativo en desacato el 4 de enero de 2021, y la Asamblea Nacional electa en los comicios del 6 y 9 de diciembre de 2020 inició el primer periodo de sesiones el 05 de enero de 2021, para el periodo legislativo 2021–2026 y, consecuencialmente, asumió plenamente las competencias, potestades y facultades que le otorga la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Dando conformidad con lo dispuesto en el Art. 339 de la Carta Fundamental, en concordancia con lo establecido en el Art. 26 de la Ley sobre Estados de Excepción, el decreto deberá ser remitido a la Asamblea Nacional dentro de los ocho días continuos siguientes a aquel en que se haya sido dictado.