TSJ declara nulidad absoluta de “reforma” al estatuto de transición

El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró la nulidad absoluta de la presunta “reforma” del “estatuto de transición” efectuada por un grupo de diputados.

 

De acuerdo a la sentencia Nº 0274 de este miércoles, el acto simulado – liderado por Juan Guaidó – carece de efectos jurídicos y declara írrita, sin validez y eficacia legal las actuaciones de los legisladores actuantes.

 

Reitera que es una acción de usurpación como junta directiva de la Asamblea Nacional (AN) que colide con la Constitución.

 

El acto inconstitucional y pretendido consumar sobre la institucional democrática, se realizó el 26 de diciembre; buscaban prorrogar el período parlamentario usurpando funciones como junta directiva de la AN.

 

Participaron un grupo de diputados de la derecha venezolana que se encuentra en condición de desacato, y cuya vigencia expira el 4 de enero venidero.

 

En ese sentido, el tribunal ordenó al Ministerio Público investigar penalmente la presunta materialización de conductas constitutivas de tipos delictivos.

 

También a la Contraloría General, le pidió determinar y cuantificar los daños al patrimonio público por las actuaciones de la AN.

 

Instruye una evaluación de las responsabilidades penales, civiles y administrativas que correspondan, “lo cual incluye, edificaciones e instalaciones” del parlamento.

 

La decisión del TSJ surge luego de que, más temprano, varios diputados opositores solicitaron un amparo de urgencia contra la intención de Guaidó.

 

La solicitud fue realizada por los parlamentarios Oscar Ronderos Rangel; José Gregorio Correa; Ezequiel Pérez Roa y otros que refiere la sentencia.

 

Al respecto, el máximo tribunal recalca que el estatuto es un “asalto al Estado de Derecho y a todos los Poderes Públicos”.

 

Reitera que todos los actos de la actual AN son nulos por estar en condición de desacato, desde el año 2016.