Maduro firmó decreto de obligatoriedad a personas naturales y jurídicas para registro en Petro

Un decreto por medio del cual se instruye a personas naturales y jurídicas la obligatoriedad del registro, información y hechos económicos expresados contablemente en Criptoactivos soberanos, sin perjuicios de su registro en bolívares, firmó este miércoles el presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Nicolás Maduro.

La rúbrica la estampó el jefe de Estado venezolano en el documento desde la sede sede principal del Banco de Venezuela (BDV) en donde inauguró la primera taquilla Petro.

Al respecto el Vicepresidente de Economía, Tareck El Aissami, explicó los alcances de este decreto, mediante el cual “todas las personas naturales, empresas públicas y privadas deben llevar una doble contabilidad, en bolívares y en Petro”.

La criptomoneda “pasa a ser un registro contable legal”, acotó el Vicepresidente.

Esto permitirá “ir dándole el valor real a los bienes en Venezuela, a los apartamentos, a las viviendas, los vehículos y las motos”, y “eso tendrá un registro contable legal en todas las dependencias”, agregó El Aissami.

Indicó que, a partir de ahora, una factura que se emita en cualquier establecimiento debe tener su expresión en bolívares, y si se cobra en Petro, debe tener su expresión en Petro.

“Pasa a ser una contabilidad legal para toda la economía nacional”, señaló en compañía del presidente Nicolás Maduro.

Prensa Presidencial