La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró procedente la solicitud de extradición activa al Gobierno de la República del Perú del ciudadano venezolano Nelson Enrique Ramírez Araguayán, para ser juzgado en Venezuela por la presunta comisión de los delitos de homicidio intencional calificado, cometido con alevosía y por motivos fútiles o innobles y agavillamiento, previstos y sancionados en los artículos 406 numeral 2, y 286, respectivamente, del Código Penal venezolano.
Ramírez Araguayán fue detenido en Perú en virtud de presentar notificación roja de Interpol, luego de que el Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Anzoátegui dictara orden de aprehensión en su contra por ser el presunto responsable de la muerte de dos funcionarios y una funcionaria adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (Cicpc), en un hecho ocurrido en octubre de 2017 en la población de Barcelona.
En esa oportunidad, el hoy solicitado fue detenido junto a otro sujeto por una comisión policial para investigarlo por una denuncia de violencia de género, y mientras era trasladado a la Subdelegación de Barcelona del Cicpc en un vehículo policial, éste desenfundó un arma que llevaba oculta y disparó en contra de los tres funcionarios, dando muerte a los dos hombres en el acto e hiriendo a la mujer, quien luego fallecería en un centro de salud.
Constató el Máximo Juzgado el cumplimiento en el presente caso de los principios generales que rigen la materia de extradición en la República Bolivariana de Venezuela, así como la debida consignación de la documentación exigida para solicitar la extradición activa del ciudadano Nelson Ramírez Araguayán.
Agrega el fallo N° 101-2019, con ponencia de la magistrada Yanina Beatríz Karabín de Díaz, que la Sala de Casación Penal del TSJ asumió el firme compromiso ante la República de Perú que el ciudadano solicitado en extradición será procesado por la presunta comisión de los delitos descritos, en apego a las garantías constitucionales y procesales establecidas en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
T/Prensa TSJ