El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), reiteró que la Asamblea Nacional aún continua en desacato y por tanto es nulo todo acto que realice, así como las proclamaciones y decisiones que tomen.
Desde la sede principal del TSJ, en Caracas, el presidente de la Sala Constitucional, magistrado Juan Mendoza declaró la Ley del Estatuto de Transición «subconstitucional», la cual fue aprobada el pasado martes en sesión del Parlamento en desacato.
Por tanto la sentencia deja establecido que hay «una usurpación de funciones del (diputado) Juan Guaidó al autoproclamarse como presidente de Venezuela» y ordenó a la Fiscalía General de la República que investigue por el delito de «Traición a la Patria» a quienes hayan aceptado cargos de embajadores ya que es delito.
«Las personas naturales que acepten usurpar funciones de embajadores dentro o fuera están incursos en delitos de usurpación, usando un órgano (Asamblea Nacional) que está en desacato y cuyos actos se encuentran nulos», sentenció.
Mendoza declaró que «no existe en la Constitución un estatuto que pretenda dirigir una transición, es evidente que no tiene jerarquía para derogar la Constitución, no cumple con los requisitos y es abiertamente nulo».
El texto difundido el pasado 5 de febrero por el Parlamento «viola abiertamente la Constitución», y recordó que no existe «un estatuto que pretenda dirigir una transición y que este desconoce, a través de un acto de fuerza contrario al ordenamiento jurídico y al derecho internacional, el carácter vinculante de las elecciones presidenciales del pasado 20 de mayo, donde Maduro fue reelecto con 67,8% del total de los votos y la oposición se abstuvo de participar».
T/RNV Web