TSJ declara procedente la extradición de Zair Manuel Mundaray Rodríguez a Colombia

El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), a través de la Sala de Casación Penal,  declaró procedente solicitar a la República de Colombia la extradición activa del ciudadano venezolano, Zair Manuel Mundaray Rodríguez para ser juzgado en Venezuela por la presunta comisión de los delitos de traición a la patria,usurpación de funciones públicas, previsto y sancionado en los  artículos 128 y 213 del Código Procesal Penal, respectivamente.

Asimismo, por la presunta comisión de los delitos de promoción o incitación al odio, previsto en el artículo 20 de la  Ley  contra el Odio, por la Convivencia Pacífica y la Tolerancia y asociación para delinquir, tipificado en el artículo 37 de Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo.

De acuerdo al contenido de la sentencia N° 256 en ponencia de la magistrada Elsa Janeth Gómez Moreno, se asume el firme compromiso ante la República de Colombia que dicho ciudadano será juzgado con las debidas garantías consagradas en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela relativas al principio de no discriminación; prohibición de desaparición forzada de personas; debido proceso; derecho a la integridad física, psíquica y moral; prohibición de ser sometido a penas, torturas y tratos crueles, inhumanos o degradantes; derecho a un sistema penitenciario que asegure su rehabilitación y que no podrán ser juzgados por otros hechos distintos a los señalados en las solicitud de extradición, cometidos con anterioridad a cada solicitud.

Constató la Sala del Máximo Tribunal, que en el presente caso, además de verificarse todos los requisitos de procedencia, también se cumplen a cabalidad los principios generales que rigen la materia de extradición en el país.

T/TSJ