TSJ ratifica prohibición de doble militancia en partidos políticos

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ratificó este jueves que queda prohibida la doble militancia en partidos políticos, por lo que el máximo tribunal del país ordenó al Consejo Nacional Electoral (CNE) anular parcialmente el proceso de validación de los partidos convocado para este 27 y 28 de enero.

A tales efectos, el Poder Judicial ordenó al CNE excluir a la Mesa de la Unidad Democrática (MUD) del proceso de renovación, ya que la conformación de esta agrupación obedece a la conformación de diversas organizaciones políticas ya renovadas y otras pendientes de renovación, lo que contraria al dispositivo número 4 de la sentencia n° 1 del 5 de enero de 2016 y al artículo 32 de la Ley de Partidos Políticos, Reuniones Públicas y Manifestaciones.

Asimismo, la sentencia —publicada en el portal web del TSJ— destaca que la medida busca “resguardar los derechos a la participación política a través de las organizaciones constituidas legal y legítimamente para tal fin, para lo cual ya ha fijado los parámetros del proceso previo de validación de las organizaciones políticas”.

T/AVN