
Se evidenció con las facturas y los libros contables de la empresa, que realizaron compras de un mismo producto lácteo (queso) y lo facturaban con dos firmas de distribuidoras diferentes procedentes de un mismo dueño o registro mercantil, aumentando los eslabones de comercialización al vender con un precio excesivo y especulativo.
La LOPJ establece que el margen máximo de ganancia entre los diferentes eslabones de la cadena es de un 30% siendo este el más alto en América Latina, suficiente para obtener ganancias fuera de los gastos administrativos y poder producir nuevamente el producto en cuestión.
Debido a esta violación de la Ley se ordenó el ajuste inmediato de precios, así como se estableció una multa de 20.000 Unidades Tributarias (UT), equivalentes a 3.540.000 bolívares dirigidos al Fondo de Eficiencia del Tesoro Nacional para impulsar los proyectos sociales y erradicar la coyuntura actual por la que pasa el país e impulsar los motores de producción propuestos por el Ejecutivo Nacional.
T/Sundde